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Tacógrafo digital

El tacógrafo digital es el aparato instalado en el vehículo que registra de forma electrónica la actividad de conducción (tiempos de conducción y descanso, velocidad y distancia recorrida) asociada a cada conductor mediante una tarjeta personal. Sirve para comprobar que se cumplen los límites de conducción y descanso.

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Qué vehículos lo llevan

Con carácter general, los vehículos de transporte de mercancías de más de 3,5 toneladas y los de transporte de viajeros de más de 9 plazas a los que se aplica la normativa europea de tiempos de conducción y descanso (Reglamento (CE) n.º 561/2006). El propio aparato y su uso los regula el Reglamento (UE) n.º 165/2014.

La novedad de 2026

Desde el 1 de julio de 2026, las furgonetas y otros vehículos de más de 2,5 toneladas que hacen transporte internacional de mercancías (o cabotaje) deben llevar tacógrafo inteligente de segunda versión y quedan sujetos a las normas de conducción y descanso. El transporte exclusivamente nacional no entra en esa obligación. Fuente: Autoridad Laboral Europea.

Qué añade la segunda versión

Registra automáticamente los cruces de frontera y las operaciones de carga y descarga, y resiste mejor las manipulaciones. Fuente: Comisión Europea.

No es lo mismo que la telemática

El tacógrafo es un equipo obligatorio y homologado; la telemática de flotas es un sistema opcional que, entre otras cosas, puede ayudar a descargar y archivar sus datos. Más detalle en la guía de telemática de flotas.

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Ver la guía de telemática de flotas →