Traspaso de local comercial
Operación por la que el titular de un local arrendado cede a un tercero su posición como arrendatario, junto con el negocio en funcionamiento: el fondo de comercio, el equipamiento, la clientela y, en muchos casos, el nombre comercial. Se articula hoy como cesión del contrato o subarriendo conforme al artículo 32 de la Ley de Arrendamientos Urbanos.
Cuando en el local se ejerce una actividad empresarial o profesional, el arrendatario puede ceder el contrato o subarrendar sin necesidad del consentimiento del arrendador. El propietario puede subir la renta hasta un 10% en subarriendo parcial y hasta un 20% en subarriendo total, aunque desde 1995 ya no tiene derecho a un porcentaje del precio del traspaso salvo en contratos anteriores a esa fecha.